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CON DISCERNIMIENTO, REVERENCIA Y ESPÍRITU DE ENTENDIMIENTO, HAY QUE ESCUCHAR AL PASTOR EZEQUIEL MOLINA

26/12/2016

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Política internacional, Aborto, Delincuencia y Corrupción administrativa, fueron los principales temas tratados por el connotado y prestigioso líder Cristiano Evangélico, Ezequiel molina, en su más reciente entrevista otorgada a un medio de comunicación.

El medio pareció entender que lo más importante de lo expresado por el entrevistado fue lo dicho con relación a la "elección" presidencial norteamericana, y así se destacó en el titular de la noticia, sin embargo, en realidad para el pueblo dominicano, eso prácticamente es intrascendente. Además, el pastor Molina, con relación a ese tema, no hizo una afirmación como se ha pretendido inferir con el titular y como muchos han preferido entender con su libre albedrío.
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A propósito de albedrío, imposición es obligar a una persona o a un pueblo hacer algo en contra de su voluntad; la voluntad por su parte, es la decisión que se toma con conciencia y libertad, es decir, la auténtica expresión del libre albedrío.


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Dios dotó al hombre de libre albedrío y el propio Dios no coarta esa facultad o cualidad inherente al hombre, lo que si Dios hace, es actuar en consecuencia del ejercicio del libre albedrío, si el pueblo norteamericano de manera consciente y libre de todo tipo de manipulación, escogió un presidente, es su responsabilidad para bien o para mal, entonces, Dios actuara en consecuencia, en su tiempo. El pastor Ezequiel Molina, hablando como lo hacen los sabios, no hizo una afirmación pastoral en sentido contrario, sino una mera especulación como ciudadano y, se cuidó muy bien al utilizar en su declaración, el termino: "parece".

En cuanto al tema del aborto, el ministro Cristiano, se apartó de los extremos, a diferencia de otros líderes evangélicos, Ezequiel Molina aunque en otros términos se opuso a regiliolizar el tema, (utilizo el término "politizar") dejo muy claro que el aborto terapéutico cuando la vida de la Mujer o la madre está en peligro, es un asunto de la ciencia, en la que no pueden establecer pautas, la política, la ley o la religión. Esto es sumamente trascendental para el pueblo cristiano y el congreso de la República Dominicana.

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Por otro lado, el líder de la Batalla de la fe, en el aspecto moral, manifestó estar en desacuerdo con la parte de la observación del Presidente Danilo Medina, en el aspecto del aborto en los casos de violación porque "se estaría condenando a un inocente por la culpa de otro". Con relación a este punto del pastor Molina, tenemos que apreciar con discernimiento y espíritu de entendimiento el símil o ejemplo que utilizo para apoyar su criterio, él dijo:

"si se tomara en cuenta esa situación a Jesucristo lo habrían abortado ya que al su madre ser virgen y no haber tenido relaciones con su novio José, entonces podrían haber pensado que era un adulterio y no la obra Dios para enviar a su hijo al mundo a redimir el perdón de los pecados de la humanidad".

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Si analizamos con entendimiento, veremos que, el ministro Ezequiel Molina, puso de ejemplo, el Propósito de Dios para salvar al mundo, es decir, el acto de amor y bondad más maravilloso y relevante de la historia de la humanidad, acaso el pastor quiso equiparar la obra y gracia del espíritu santo de engendrar al salvador en el vientre de la virgen María, con el hecho abominable de un malhechor bajo posesiones demoníacas que viole y embarace a una niña o a una mujer adulta? ¡De ninguna manera!
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Ezequiel Molina, expresa una preocupación valida con este planteamiento, porque en términos legales la violación sexual no necesariamente está caracterizada por la violencia física material, la ley toma en cuenta la ausencia de consentimiento o la incapacidad legal para consentir; aunque, religiosa y legalmente la violación sexual es pecado y delito, hay casos, en que, la represión debe detenerse en la sanción al transgresor, como en el caso de que un adulto seduzca a una mujer legalmente menor de edad, o a una mujer mentalmente alienada. Pero el veto u observación presidencial al código penal ha sido muy específico en este aspecto, tanto en sus motivaciones como en el texto propuesto.

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Además, que se permita la excepción del aborto en caso de violación, en modo alguno significa una obligación de acudir a ella. Es una opción en la que intervendría el albedrío de la madre o la mujer, bajo las condiciones planteadas en la propuesta formulada en el veto presidencial.
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Con relación al tema de la delincuencia y la corrupción, el pastor evangélico expreso su preocupación, mas como líder de multitudes, no quiso sustraer a nadie de la comisión de esos flagelos, sino que, en una reflexión de carácter muy profunda, manifestó que, nadie está libre de pecado, diciendo de la corrupción: " parece consustancial al ser humano" CON DISCERNIMIENTO, REVERENCIA Y ESPÍRITU DE ENTENDIMIENTO, HAY QUE ESCUCHAR AL PASTOR EZEQUIEL MOLINA.

Por Lic. Leoncio Amé Demes


VERSION DE LA ENTREVISTA AL PASTOR EZEQUIEL MOLINA, PUBICADA EN EL PERIODICO EL VERIFICADOR DE FECHA 25 DE DICIEMBRE 2016.
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CARTA DE ABORTO, ¡UNA SALVEDAD PRESIDENCIAL DE JUSTICIA!

20/12/2016

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​Señor Reynaldo Pared Pérez
Presidente del Senado de la República
Señora Lucia Medina
Presidenta de la Cámara de Diputados

Congreso Nacional

Honorables Legisladores de la República:

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“Lo que Dios unió, no lo separe el hombre” es la traducción más socorrida y aceptada del texto bíblico reseñado en los evangelios. Los discípulos habían inquirido al maestro, el por qué entonces Moisés había establecido el divorcio y el repudio como una excepción para romper el vínculo matrimonial que había sido establecido por Dios como una unión indisoluble.
El maestro, en esa oportunidad no desacreditó la Ley Mosaica que aparentaba colidir con la norma divina de la unidad matrimonial vitalicia. Sino, que, él la explicó, diciendo: “Por la dureza de vuestro corazón, Moisés estableció dar carta de divorcio”, más Jesús no se detuvo allí en la explicación de la Ley, sino que, la aclaró aún más explicando la excepción y en ese sentido estableció otra salvedad, cuando dijo: “más yo os digo, que cualquiera que repudiare a su mujer, salvo por causa de infidelidad, comete adulterio.”
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Es decir, que, el propio Jesús estableció que la infidelidad es causal de una nueva excepción que permite interrumpir, abortar, o extinguir la unión del hombre y la Mujer que ya eran una sola carne mediante el vínculo del matrimonio.

Igual ocurre ahora, en República Dominicana, con la Ley contra el aborto. El tema es tan polémico como lo fue la primera Ley de divorcio dominicana, promulgada en las postrimerías del siglo XVIII; en aquella ocasión, los conservadores y la iglesia dominicana, atacaron con ferocidad salvaje la Ley de divorcio, que procuraba (como ahora lo hacen las excepciones planteadas por el Presidente Medina con el Código Penal), salvar a muchas mujeres dominicanas, que eran víctimas de la dureza del corazón de sus maridos y la impiedad de la sociedad de la época, que veía con indiferencia sus sufrimientos en uniones matrimoniales desgraciadas e incompatibles con la felicidad y la dignidad humana.

El enfrentamiento fue tan feroz y despiadado de parte de los mismos sectores que hoy se oponen a las excepciones de la ley con relación al aborto, que, apoyándose en los cánones del Concilio de Elvira, la iglesia emitió una carta pastoral de fecha 12 de junio del año 1897, mediante la cual excomulgó a los partidarios de la Ley de Divorcio.
Dicha excomulgación fue tan drástica y tan severa que estableció medias tales como:
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Primero: prohibió administrar los auxilios espirituales a las personas que acudieran a la Ley, aun sobreviniéndole el artículo de la muerte.
Segundo: prohibió hacerles oficios de entierro y darle sepultura eclesiástica.
Tercero: estableció no inscribir en los registros de bautismo, el nombre de los hijos como legítimos, sino como hijos de la madre, sin mencionar al padre. O sea, se estableció la clasificación de hijos legítimos e hijos naturales.

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El presidente de la República, a la sazón, frente a ese panorama asumió su rol de primer mandatario de la nación, y le expresó al jefe de los conservadores y al resto de la sociedad dominicana, lo siguiente: “La Ley nacional votada recientemente no está en pugna con la restricción moral que encierra ese precepto canónico, (refería se al Concilio de Elvira)... Si existiere, empero, algún otro motivo, colisión efectiva entre las instituciones de la iglesia y la del divorcio que acaba de ser creado en la República, yo lo deploraré con profunda tristeza; eludiré, en lo posible, el choque penoso, la esperanza ingrata, el razonamiento inconducente; sumaré todos los esfuerzos de mi buena voluntad para empeñarlos en suprimir sinsabores, a todo eso estoy apercibido, pero jamás suscribiré acto alguno que apoque la Soberanía Nacional, dentro de la cual cabe, con todos sus esplendores, la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, como culto del Estado, no como pauta ineludible de la legislación.”
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El Presidente de la República, en aquella oportunidad, asumió su rol de estadista, como ahora lo ha hecho el Presidente Danilo Medina, al asumir su obligación y responsabilidad de propiciar que el Estado Dominicano, proteja de manera real y efectiva los derechos fundamentales y la dignidad del ser humano. Contrario a como pretenden los que favorecen la prohibición del aborto sin excepciones, el primer mandatario de la nación, ha interpretado correctamente que el derecho a la vida, desde la concepción hasta la muerte, establecido en el artículo 37 de la Constitución de la República, en modo alguno excluye la vida de la mujer.

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Pensar, que, un embarazo ectópico donde se está desarrollado un feto en la trompa de Falopio, que, de no interrumpirse se romperá, causando una hemorragia que acabará con la vida del feto y de la mujer, no es Fe Cristiana, es religiosidad fanática; pensar que una menor de edad o una mujer adulta, que es violada por un enfermo mental, debe mantener el embarazo, para traer al seno de la familia un ser engendrado por una persona endemoniada, no es Fe Cristiana, es religión fanática.

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En su carta dirigida al Presidente del Senado de la República, el Presidente de la nación ha explicado, y ha expresado los motivos coherentes y adecuados en que fundamenta su observación a la ley del Código Penal Dominicano, con relación al tema del aborto. Y, como indica la Constitución de la República, ha señalado los textos observados de la ley, y su propuesta de modificación, las cuales en nada dañan los intereses religiosos de los conservadores, muy por el contrario, protege y defiende la vida y la dignidad de la mujer dominicana.

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El Congreso Nacional, tiene la oportunidad de acoger con sensatez la observación presidencial, en razón de que no debe prevalecer jamás una norma legal de penalización absoluta, porque ni siquiera las leyes divinas instituyen reglas generales absolutas, como lo estableció el mismo señor Jesucristo, cuando explicó la razón de las excepciones por la cual Moisés permitió el divorcio, por la dureza del corazón de los hombres y no abrogó la ley Mosaica que autorizó a dar carta de repudio y de divorcio, sino que la explicó, y la extendió estableciendo una condición extra, como causal de divorcio.

Señoras y Señores del Congreso Nacional: Las observaciones hechas por el Presidente de la República al código penal sobre el tema del aborto, deben ser acogidas por amor, por el futuro de nuestras hijas y de las mujeres dominicanas en general, que merecen una norma adjetiva orgánica, que, garantice de manera eficaz su derecho a la vida y a la dignidad consagrados en la Constitución de la República.

La observación Presidencial al Código Penal debe ser acogida.

                                                                                                                                   Leoncio Amé Demes.


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Danilo Medina observa Codigo Penal, acoge solicitud de ex-candidato a Diputado de La Romana

20/12/2016

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"GRACIAS OTRA VEZ, PRESIDENTE DANILO MEDINA." así expresó el ex-candidato a Diputado por la Provincia de La Romana Lic. Leoncio Amé Demes en su cuenta personal, despues de que saliera a la luz que el Presidente Danilo Medina envio una carta de observacion al Codigo Penal dirigido al Presidente de Senado Reynaldo Pared Perez.

"Sr. Presidente Medina, gracias por acoger nuestra humilde sugerencia donde formal y públicamente le hicimos la propuesta de observar la aprobación del código penal. En nombre de nuestras hijas y de las mujeres Dominicanas en general, se lo agradecemos señor Presidente!" así terminó su estado Amé.

Recordemos que en fecha 17 de diciembre, el Lic Leoncio Amé Demes, pidió al Presidente Medina que observara el Codigo que habia sido aprobado en la Camara del Senado, en fecha 15 de diciembre del 2016.

Las observaciones versaban de la siguiente manera: 

Presidente Danilo Medina Sánchez

Señor Presidente:


El texto legal sobre el aborto según fue aprobado en el Código Penal, constituye una condena de muerte contra nuestras hijas y las mujeres dominicanas en general.

Usted como primer mandatario de la nación y también el primer legislador de la República, le corresponde observar esa ley,porque ella discrimina a la mujer y la despoja de la protección del Estado ante un eventual peligro de muerte física o moral, como persona nacida, en violación del articulo 39 de la constitución de la República que dice:

"Artículo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal. En consecuencia:

1) La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes;

4) La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres
y hombres. Se promoverán las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de género;"

El Código Penal como ha sido aprobado, en cuanto al tema del aborto, excluye a la mujer dominicana del derecho a la inviolabilidad de la vida, que le confiere el articulo 37 de la Constitución,en las condiciones de libertad e igualdad consagrados en el pre-citado articulo 39 de la misma Constitución.

PROPUESTA DE OBSERVACIÓN

La propuesta de la observación, que proponemos para el recién aprobado Código Penal, es la siguiente:


EMBARAZOS ILEGÍTIMAMENTE ENGENDRADOS!

Se prohíbe la practica del aborto excepto, en los casos en que la continuación del embarazo ponga en riesgo la vida de la madre y, en los casos de embarazos ilegitimamente engendrados en contra de la voluntad de la mujer.

En la primera hipótesis de las excepciones señaladas, la ciencia determinará, en la segunda, luego de comprobado legal o judicialmente la ilegitimidad o la violencia, bastará la libre voluntad de la mujer embarazada.

Cuando la mujer ilegitimamente embarazada, contra de su voluntad o por incapacidad de manifestarla, por razones de credo, o por decisión jurisdiccional o voluntariamente, esté obligada u opte por continuar con su embarazo, será a cargo del Estado la manutención de la criatura .

La manutención en este caso se hará efectiva a través del organismo del Estado encargado de la protección de niños, niñas y adolescentes.

Este es NUESTRO criterio sobre COMO DEBE SER la redacción del TEXTO LEGAL del tema en discusión.

¡OBSERVE ESA LEY, SEÑOR PRESIDENTE!


No es la primera vez que el Presidente Danilo Medina toma en cuenta las sugerencias del politico y abogado dominicano, pues hace un mes, el Presidente Danilo Medina emitió su decreto 310-2016, que dispone la enseñanza obligatoria de la Constitución de la República en los niveles primario y secundario en las escuelas del Territorio Nacional.

En fecha 26 de Enero del año 2015, el Lic. Leoncio Amé Demes, en el acto de proclamación de su candidatura a Diputado por la Provincia de La Romana, presentó un amplió documento, denominado "Nuestras Primeras Propuestas Legislativas", entre las cuales formuló expresamente la necesidad de la enseñanza de la Constitución de la República en las escuelas, expresando en aquella oportunidad lo siguiente: "Vamos a promover la modificación curricular de la enseñanza básica para crear un nuevo modelo educativo que restaure a la sociedad nuestros principios y valores. Nuestra propuesta, dispondrá que (...) el derecho constitucional en los aspectos atinentes a la construcción de ciudadanía sean materias básicas obligatorias en los niveles básico y medio de la educación en todo el territorio Nacional." 
con la emisión del decreto 310-2016, el Presidente Danilo Medina, hizo realidad la necesidad de iniciar un proyecto de construcción de ciudadanía, tal como fue visualizado y propuesto por el Lic. L. Amé Demes, en la reciente campaña electoral, según manifestó el Licenciado al referirse al tema.


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¡OBSERVE ESA LEY, SEÑOR PRESIDENTE!

17/12/2016

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Presidente Danilo Medina Sánchez

Señor Presidente:


El texto legal sobre el aborto según fue aprobado en el Código Penal, constituye una condena de muerte contra nuestras hijas y las mujeres dominicanas en general.

Usted como primer mandatario de la nación y también el primer legislador de la República, le corresponde observar esa ley,porque ella discrimina a la mujer y la despoja de la protección del Estado ante un eventual peligro de muerte física o moral, como persona nacida, en violación del articulo 39 de la constitución de la República que dice:

"Artículo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal. En consecuencia:

1) La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes;

4) La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres
y hombres. Se promoverán las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de género;"

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El Código Penal como ha sido aprobado, en cuanto al tema del aborto, excluye a la mujer dominicana del derecho a la inviolabilidad de la vida, que le confiere el articulo 37 de la Constitución,en las condiciones de libertad e igualdad consagrados en el pre-citado articulo 39 de la misma Constitución.

PROPUESTA DE OBSERVACIÓN

La propuesta de la observación, que proponemos para el recién aprobado Código Penal, es la siguiente:

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EMBARAZOS ILEGÍTIMAMENTE ENGENDRADOS!

Se prohíbe la practica del aborto excepto, en los casos en que la continuación del embarazo ponga en riesgo la vida de la madre y, en los casos de embarazos ilegitimamente engendrados en contra de la voluntad de la mujer.

En la primera hipótesis de las excepciones señaladas, la ciencia determinará, en la segunda, luego de comprobado legal o judicialmente la ilegitimidad o la violencia, bastará la libre voluntad de la mujer embarazada.

Cuando la mujer ilegitimamente embarazada, contra de su voluntad o por incapacidad de manifestarla, por razones de credo, o por decisión jurisdiccional o voluntariamente, esté obligada u opte por continuar con su embarazo, será a cargo del Estado la manutención de la criatura .

La manutención en este caso se hará efectiva a través del organismo del Estado encargado de la protección de niños, niñas y adolescentes.

Este es NUESTRO criterio sobre COMO DEBE SER la redacción del TEXTO LEGAL del tema en discusión.


¡OBSERVE ESA LEY, SEÑOR PRESIDENTE!

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LA MAS HONESTA HIPOCRESÍA.

14/12/2016

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La ética es una forma de conducta publica y privada estrechamente ligada a la moral y las buenas costumbres a tal punto, que las dos cosas son similares.
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Pero la Ética, viene dada por principios y valores que se inculcan en la formación de la personalidad del hombre, mientras que la moral proviene de la costumbre exterior y general de un grupo o sociedad y responde a la conveniencia del grupo social. la ética es inconmovible, la moral es elástica y otorga licencias.

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Se habla entonces, de: integridad, honestidad y honorabilidad; los tres son atributos de la ética y la moral, sin embargo, es sumamente difícil que estas tres cualidades se reúnan en un solo individuo, solo Jesucristo superó esa prueba logrando alcanzar la perfección.
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Es por eso que la ética es un tema tabú y farisaico, Jesús dijo al respecto:... "ellos dicen una cosa y hacen otra. Atan cargas tan pesadas que es imposible soportarlas, y las echan sobre los hombros de los demás, mientras que ellos mismos no quieren tocarlas ni siquiera con un dedo. Todo lo hacen para que la gente los vea"... "¡Ay de ustedes, maestros de la ley y fariseos, hipócritas!"
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La ética debería ser única, mas los señores de la ley para acomodarla a las conveniencias han establecido códigos para cada caso, que ellos mismos no quieren tocar ni siquiera con un dedo, pero lo exigen a los demás.

Algunos de estos "honorables" tienen la arrogancia de exigir respeto a su honorabilidad por su conducta ética y moral intachable, y muchos le creen y rinden pleitesía, como aquel ministro que es considerado el hombre mas honesto, por los padres y la mayoría de los parientes amigos y relacionados de su concubina o querida.
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En realidad no es ironía porque la honestidad, depende de la moral y, la moral, es elástica y otorga licencias; esta es:LA MAS HONESTA HIPOCRESÍA.



por Leoncio Amé Demes.

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El Estado DEBE asumir el rol de Padre Nacional de los niños del Pais o Suprimir el Derecho Fundamental de la Procreación a los que no pueden solventar las obligaciones

9/12/2016

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El Estado DEBE asumir el rol de Padre Nacional de los niños del Pais o Suprimir el Derecho Fundamental de la Procreación a los que no pueden solventar las obligaciones que implican ejercer ese Derecho

Según relata Plutarco, para los espartanos,"...Dejar con vida a un ser que no fuese sano y fuerte desde el principio, no resulta beneficioso ni para el Estado ni para el individuo mismo" esto en realidad era así en Esparta, una de las principales ciudades estado griegas la cual estaba permanentemente en estado de guerra, por eso estaban organizados social y políticamente parabellum.
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En aquella sociedad, el Estado asumía la responsabilidad de criar y educar a los niños nacidos viables, desde el momento mismo del nacimiento, hasta convertirlos en ciudadanos útiles para la patria.

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​En Asia, el estado ha intervenido en el derecho a tener hijos a tal punto, que, en china la política del de el hijo único, mediante ley, en cierta medida a incidido en la conducta pro creativa de los ciudadanos chinos.
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En Europa, a través de la educación, el Estado ha logrado que sus ciudadanos posterguen la procreación de hijos, hasta que los eventuales padres estén en condiciones socio económicas, de garantizar a sus vástagos una adecuada seguridad alimentaria, salud y educación, mientras alcancen la edad adulta o de independencia.

Los Estados Unidos de América, en muchas partes de esa gran nación, igual que en muchos otros lugares del mundo, el nacimiento de una criatura indeseada o accidentalmente concebida, es una opción de los padres, principalmente de la madre; pero el estado provee a las madres solteras las subvenciones adecuadas para coadyuvar la manutención de los hijos menores en salud, alimentación, educación y vivienda.

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En cambio, en los demás países de américa, (con excepción de Cuba y su sistema comunista, que. ha logrado de una forma casi silenciosa pero extraordinaria mantener el control demográfico de la isla) los demás estados han sido irresponsables con el tema del control de la natalidad y la seguridad social de los niños y adolescentes.

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República Dominicana, desde su fundación en la primera mitad del siglo XVlll hasta la tercera década del siglo XlX, era un país prácticamente despoblado; el régimen de Trujillo quiso incrementar la población nacional, lo que intento trayendo al país inmigrantes de varias naciones, pero estos inmigrantes tenían otra cultura reproductiva y ademas no se cruzaban con los criollos, lo que llevo al fracaso el plan de incremento poblaciónal intentado por el gobierno por esa vía.

Fomentar la maternidad entre los propios nacionales, fue el nuevo plan implementado por el régimen Trujillista para impulsar el crecimiento de la población Dominicana, se premiaban con el titulo honorifico de GRAN MATRONA, y con el reconocimiento publico, a las mujeres que parieren mas de diez hijos vivos, y los hombres que tenían muchos hijos con diferentes mujeres, se le reconocía con la dote de hombre bien macho.
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Las niñas de la época, desde los diez años de edad eran entrenadas para asumir el rol de la maternidad,si alguna niña a esa edad no tenia pretendientes, se consideraba que ya estaba quedada y si pasaba de los quince años sin casarse o fugarse por la ventana,se le estigmatizaba con el mote de "jamona" ; si teniendo marido cumplía veinte años sin tener hijos entonces era una mula, lo que justificaba el divorcio o el abandono de parte del marido.

Para esa época , la cultura y la economía Dominicana, era casi totalmente rural y primitiva, el concepto de niñez no existía en los términos actuales, el gobierno estaba enfocado en el incremento de la gente para poblar el territorio nacional, pero sin la visión de establecer políticas publicas para administrar un país de una nación integrada por una población joven sin conciencia de las consecuencias que implican la procreación de hijos sin los recursos para su manutención y adecuada educación,

Esta irresponsabilidad estatal arrastrada hasta nuestros días, el Estado aun no ha diseñado políticas publicas orientadas a asumir el rol espartano de ser el padre nacional de todos los niños del país, esa es la causa de que nuestros niños nascan y se críen en condiciones indignas que hace que muchos evolucionen a ser jóvenes en conflictos con la ley, por la ausencia de orientaciones adecuadas y a la falta de oportunidades para desarrollarse como ciudadanos de bien.
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Ahora, frente a la actual situación de indigencia y la delincuencia que afectan a la niñes y la juventud nacional, el estado se hace de la vista gorda planteándole a la sociedad repuestas represivas ineficaces y engañosas para resolver este asunto de orden publico.

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Nada aporta a la solución de este problema, que el estado establezca leyes represivas orientadas a obtener una supuesta responsabilidad paterna, que se resuelve en una condena judicial al pago de una pensión alimenticia y una pena de prisión suspendida, cuando estos menores están expuestos a todos los peligros de la calle donde muchos son finalmente reprimidos y asesinados brutalmente como presuntos o reales delincuentes por el propio Estado que los creo y debió protegerlos.

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Para resolver la situación de indigencia moral caracterizada por la falta de un estricto regimen de orientaciones elementales para sustraer a nuestros niños y jóvenes de los vicios, los delitos y el crimen con sus nefastas consecuencias en perjuicio de la sociedad, el estado tiene que asumir como Esparta, el control de la natalidad , la crianza y la educación de la niñes en la República, como el primer padre de todos los niños de la nación.

​El Estado tiene que proceder inmediatamente a tomar el control de la natalidad, regular y condicionar con leyes severas los nacimientos en el país; si es necesario, constitucionalmente hay que SUPRIMIR EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LA PROCREACIÓN A LOS QUE NO PUEDEN SOLVENTAR LAS OBLIGACIONES QUE IMPLICAN EJERCER ESE DERECHO.
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No podemos continuar indiferentes ante los nacimientos incondicionales e incontrolados de niños, para luego, ver como deambulan indignamente esas criaturas, que, por su condición sufren el desprecio de la propia sociedad que los pario, para ser finalmente reprimidos y asesinados brutalmente como presuntos o reales delincuentes, por el propio Estado!

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    Lic.  Amé Demes

    Abogado y Politico dominicano.

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