
SRES:
LIC. DANILO MEDINA SÁNCHEZ
Presidente De La República.
DR. REYNALDO PARED PÉREZ.
Presidente Del Senado Y De La Asamblea Constituyente.
DR. DON MILTON RAY GUEVARA.
Presidente Del Tribunal Constitucional De La República.
DR. JULIO CESAR CASTAÑO GUZMÁN.
Presidente De La Junta Central Electoral.
Excelentísimos Y Honorables Señores:
LIC. DANILO MEDINA SÁNCHEZ
Presidente De La República.
DR. REYNALDO PARED PÉREZ.
Presidente Del Senado Y De La Asamblea Constituyente.
DR. DON MILTON RAY GUEVARA.
Presidente Del Tribunal Constitucional De La República.
DR. JULIO CESAR CASTAÑO GUZMÁN.
Presidente De La Junta Central Electoral.
Excelentísimos Y Honorables Señores:

1-) A Propósito del debate sobre las primarias abiertas o cerradas de los partidos políticos para la escogencia de los diferentes candidatos que terciaran en los próximos comicios a celebrarse en el año 2020, estamos en desacuerdo con las primarias cerradas y con las primarias abiertas sin la supervisión y codirección de la Junta Central Electoral, por lo que en este documento proponemos una tercera vía u opción.
2-) La Constitución de la República no puede tener clausulas pétreas e interpretaciones inamovibles cuando de se trata de la manifestación de la voluntad popular a través de ejercicio democrático.
2-) La Constitución de la República no puede tener clausulas pétreas e interpretaciones inamovibles cuando de se trata de la manifestación de la voluntad popular a través de ejercicio democrático.

3-) La interpretación de cualquier disposición Constitucional en cuanto al derecho de elegir y ser elegidos, debe inclinarse en el sentido más favorable a la universalización de este derecho natural, que es primero que la propia Constitución.
4-) Si finalmente, en la asamblea general de elecciones, los electores tendrán que elegir entre los candidatos escogidos mediante el sistema de partidos políticos, así también deberían tener la oportuna facilidad de votar de manera principal y subsidiaria, en las primarias de todos los partidos.
4-) Si finalmente, en la asamblea general de elecciones, los electores tendrán que elegir entre los candidatos escogidos mediante el sistema de partidos políticos, así también deberían tener la oportuna facilidad de votar de manera principal y subsidiaria, en las primarias de todos los partidos.

5-) Así pues, la militancia inscrita en el padrón de los diferentes partidos políticos deberían tener una utilidad legal diferente a la de restricción de la participación de la universalidad de los ciudadanos, en la escogencia primaria de candidatos.
6-) En obsequio de la garantía de real y eficaz participación democrática de toda la ciudadanía, las primarias deben ser constitucional y legalmente interpretadas de orden público e interés para toda la ciudadanía y jamás únicamente de manera particular para los partidos políticos.

7-) La Democracia debe prevalecer integra. las primarias electorales partidarias, deben ser urgentemente adecuadas, lo más idénticas posible, a la asamblea de las elecciones generales, garantizando a cada ciudadano, el derecho a votar por el candidato de su elección y preferencia, de cada partido político habilitado para participar en el certamen general de elecciones.
Lic. Leoncio Amé Demes.
Abogado y Político.
Ex candidato a Diputado por La Provincia De La Romana
Lic. Leoncio Amé Demes.
Abogado y Político.
Ex candidato a Diputado por La Provincia De La Romana